De acuerdo a sistemas implantados en pro a la
defensa de los derechos de autor iniciamos por
los sistemas Digital Rights Management que en sus siglas en ingles
corresponden a DRM, que controlan el acceso y el uso que se les da a las obras.
Según Koelman & Helberger (2000), citados
por Fernández y Chaves (2007) definen cuatro tipos de DRM:
(…) los que controlan el acceso (mediante
contraseña, "date bombs", etc.), los que controlan ciertos usos
(impiden la copia, sólo un cierto número o una porción, etc.), los que protegen
la integridad de la obra (marcas de agua digitales, encriptado, etc.) y los que
aseguran el pago por el acceso o uso de la información (contabilizan su uso,
detectan infracciones o incumplimientos de la licencia, etc.).
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